Argentina: La reacción integrista intenta cercenar debate legislativo por aborto no punible y criminaliza a legisladora

Comunicado del Instituto Laico de Estudios Contemporáneos: "Asistimos nuevamente a lamentables sucesos en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, esta vez en ocasión del tratamiento de la Ley de aborto no punible".

La reacción integrista intenta una vez más cercenar el debate legislativo, tomando como excusa las declaraciones efectuadas por la legisladora María José Lubertino a través de las redes sociales.

Los dichos de la diputada Lubertino a través de la red Twitter han causado malestar y ofensa en otros miembros de la Legislatura; tales los casos de los diputados Bergman y Sánchez Andía, quienes pretenden ahora encuadrar estas manifestaciones dentro de una peregrina figura delictiva que, bajo ningún aspecto, podría ser considerada como tal.

Las afirmaciones vertidas –ingeniosas y oportunas para algunos, ofensivas y poco felices, para otros- están amparadas bajo la plena vigencia de la libertad de expresión; condición necesaria para la existencia de cualquier república. Aun cuando estas opiniones hubieran sido vertidas en el propio recinto legislativo, que no ha sido el caso, la Carta Fundamental de la Ciudad garantiza en su art. Artículo 78º que “Ningún diputado puede ser acusado, interrogado judicialmente ni molestado por las opiniones, discursos o votos que emita en el ejercicio de su función, desde el día de su elección hasta la finalización de su mandato”.

La falaz pretensión de que la diputada Lubertino haya infringido o violado con sus afirmaciones lo establecido en la Ley 23.592, no es sino el recurso extremo de ciertos sectores que pretenden enturbiar un debate tendiente a hallar una solución –hoy parcial, pero no por ello menos importante- a un extendido drama que afecta directamente a la salud física y psíquica de un número importante de mujeres argentinas. Digamos también que la ley de aborto no punible forma parte también de los principios garantizados en el Art. 37º de la Constitución de la Ciudad, cuando señala que: “Se reconocen los derechos reproductivos y sexuales, libres de coerción y violencia, como derechos humanos básicos, especialmente a decidir responsablemente sobre la procreación, el número de hijos y el intervalo entre sus nacimientos”.

Hoy el clima de época y de ideas –producto de un grado de madurez republicana, aunque insuficiente- hace posible el tratamiento legislativo de temas centrales para la ampliación de los derechos de Ciudadanía. El aborto no punible es apenas un comienzo para la realización de un Estado sin imposiciones dogmáticas ni tutelajes religiosos.

En definitiva, es el comienzo de un camino hacia un Estado Laico, en Unión y Libertad.

        Lic. Rubén Manasés ACHDJIAN                               Prof. Carlos Alejandro CEBEY

                          Presidente                                                                              Secretario

Fuente: Kaos en la Red

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